Imagen: Camas de hospital Fuente: Pixabai.com |
Ana es Auxiliar de Clínica (ahora la titulación es TCAE Técnico en Cuidados de Enfermería). Está hasta arriba de trabajo cuando empieza el aseo de Doña María. Va con Roberto, el celador, porque María no se puede mover. Ni siquiera colabora. Llevan todo lo necesario en el carro para que el procedimiento dure lo menos posible. En la habitación está la hija de la paciente.
.- Buenos días, vamos a hacerle el aseo a María y a cambiarle la cama. Salgan, por favor.
Todos los acompañantes salen sin discutir. Se queda la paciente de la cama de al lado. Ana echa la cortina.
.- Buenos días María! Soy Ana, le voy a lavar y a cambiar la cama.
María no parece darse cuenta, ni siquiera contesta. Tiene Alzheimer en estado avanzado. Hace meses que no habla. Ni siquiera se mueve.
Ana comienza la rutina:
- Abre el grifo del agua caliente, para que vaya cogiendo temperatura.
- Libera la mesilla de cosas para poder colocar la palangana.
- Coloca a los pies de la cama sábanas, toalla y camisón.
- Trae la palangana con agua caliente, la toalla de María y su neceser.
- Comienza el aseo por la cara. Los ojos, la boca, las orejas y el cuello.
- Continúa por las manos, los brazos, los hombros, las axilas y el pecho.
- Los pies, las piernas, y por último los genitales, que seca con el camisón sucio para poder usar la toalla en la espalda.
Ana es una profesional experimentada. La paciente se deja hacer. No parece enterarse, pero Ana le advierte con voz dulce de todo lo que va haciendo. Primero jabona, luego aclara, luego seca, para acabar hidratando con crema que tiene la paciente. Parte a parte, zona a zona, descubriendo pequeñas extensiones de piel, evitando que María se quede fría.
Lo último es la espalda. Ayudada por Roberto, que sujeta a María, Ana limpia con suavidad de arriba a abajo. Siempre el mismo proceso. Advierte!, jabona!, aclara!, seca! e hidrata!.
Por último, tras hacer la cama con ella dentro, la acomoda.
Se ha fijado, durante todo el procedimiento, en el estado de piel de María. No tiene lesiones ni escaras, pero controla con precisión experimentada aquellas zonas enrojecidas o lesionadas, por leves que sean, para luego dar parte a la enfermera.
Y así continua durante la mañana, con todos y cada uno de los pacientes que precisan aseo en cama, y con los que se maneja de perillas sólo con la ayuda de un celador.
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Rosa, también es Auxiliar de Enfermería. Ella trabaja en la UCI. Lleva muchos años y tiene una reputación profesional impecable. Allí, no se hace un aseo encamado sin que asista la enfermera. A veces, incluso más de una enfermera.
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Entonces
¿Por qué unas veces el aseo de encamados lo hace la enfermera y otras no?
Evidentemente, dependerá del estado del paciente, de la complejidad del acto y de la decisión de la enfermera responsable.
Es competencia de la enfermera valorar las necesidades del paciente y planificar sus cuidados. Y en base a su criterio, distribuir los recursos, materiales y humanos. Cualquier profesional implicado: TCAE o celador, o quien cause daño, responderán a la consecuencia de sus actos si hubiera algún incidente o efecto adverso, y como responsable, aunque no asista, también deberá responder la enfermera. Se delegan tareas, no responsabilidades.
Por tanto, en un encamado, es enfermería, responsable de decidir quién está presente, cómo se hace...
Funciones de enfermería Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Artículo 7. Diplomados sanitarios https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-21340
Funciones de enfermería y perfil competencial. Os invito a ojear este documento, a mi juicio muy bien elaborado, por la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo/web/websae/export/sites/sae/es/empleo/buscarTrabajo/eligeProfesion/galeriaPDFs/Detalle/003018Enfermero.pdf
¿Te interesa un protocolo de higiene del paciente encamado?
Técnica de aseo del paciente encamado Universidad de Loja (Granada) http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6490
Es clave ver las funciones del Auxiliar de enfermería, ahora TCAE:
Y a este respecto, dice la ley que
Las funciones del Auxiliar de Enfermería vienen recogidas en los artículos 74 al 84, con las prohibiciones referidas en el artículo 85, del Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo de la Seguridad Social. Dicho estatuto se plasmó en una Orden del Ministerio de Trabajo de 26 de Abril de 1973 (publicado en el B.O.E. del 28 y 30 de Abril de 1973). Aunque se ha promulgado el nuevo Estatuto Marco que afecta a todo el personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres estatutos vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el antiguo Estatuto continúan siendo válidos (según la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 55/2003).